I entre las cedulas de las Indias tenemos muchas, que conciernen à esta materia,
i dizen, como
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Gregorio XIII. estendiò à las
provincias dellas las gracias de la
Bula de la Cruzada. I el orden
q̃
que
se ha de tener en recebirla, i predicarla, i que no se permita, que los
oficiales della lleven excessivos
derechos. I despues de estas cedulas se despacharon otras en 26. de
Iunio, i 22. de Deziembre del año
de 1578. i en 22. de Deziembre
del de 1587. i 20. de Iunio del de
1606. que mandan sea privativa la
jurisdicion de estos Comissarios
generales subdelegados de las Indias, i que las Reales Audiencias,
ni por via de fuerça, ni en otro
modo alguno se entrometan en los
negocios que à ella pertenecieren,
i que se guarden las leyes que cerca de esto disponen para los Reinos de Castilla en la nueva Recopilacion de las leyes della.