I es de saber, que aunque se
mā
dò
mandò
quitar i castigar en los Reinos
de España, i en otros, con tan justa razon, el abuso de unos que llamaban
Questores, que por ellos se
difundian, ò esparcian, predicando i publicando à los pueblos varias indulgencias, para sacarles
cō
con
esto mayores limosnas, como lo
refieren los Textos, i Autores que
dello tratan.
El qual abuso tambien se avia ya estendido à las Indias, segun parece por algunas cedulas que para reformar le se despacharon por los años de 1571. i
de 1582. que se podràn leer en el
quarto tomo de las impressas,
i
mas estrechamente por un capitulo de carta escrita al Marques de
Montesclaros Virrey del Perù,
su fecha en el Pardo à dos de Deziembre del año de 1609.