I es de saber, que aunque se mā dò mandò quitar i castigar en los Reinos de España, i en otros, con tan justa razon, el abuso de unos que llamaban Questores, que por ellos se difundian, ò esparcian, predicando i publicando à los pueblos varias indulgencias, para sacarles con esto mayores limosnas, como lo refieren los Textos, i Autores que dello tratan. El qual abuso tambien se avia ya estendido à las Indias, segun parece por algunas cedulas que para reformar le se despacharon por los años de 1571. i de 1582. que se podràn leer en el quarto tomo de las impressas,
i mas estrechamente por un capitulo de carta escrita al Marques de Montesclaros Virrey del Perù, su fecha en el Pardo à dos de Deziembre del año de 1609.
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