Estas razones movieron en el caso propuesto à la Real Audiencia de Lima, que en aquella ocasion tenia en si el govierno del Perù por falta de Virrey, à dar licencia para fundar este Convento, i mas viendo, que toda la ciudad le pedia, i deseaba, teniendole por sumamente util, i necessario; i pudiendose recelar, que si se huviera de esperar à pedirla, i traerla de España, se mudasse, ò entibiasse el santo proposito de las dichas hermanas, i del Patron fundador que las ayudaba. En el qual caso el derecho nos enseña con muchos exemplos, que por el peligro de la tardança, se afloge algo el rigor de sus reglas ordinarias, i se hagan i executen primero las obras i acciones, que se tienen por convenientes, que las consultas i licencias que se suelen requerir, i deben preceder para executarlas.
Especialmẽte Especialmente , quando se trata de obras pias, i de favorecer, i alentar à los que las quieren hazer, i sus Patronatos, en que el derecho Canonico nos encarga procedamos con mucho cuidado, de que los legos no se retraigan de ponerlas en efeto, ni de hazer semejantes fundaciones, i dotaciones.
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