Estas razones movieron en el caso propuesto à la Real Audiencia
de Lima, que en aquella ocasion tenia en si el govierno del Perù por
falta de Virrey, à dar licencia para fundar este Convento, i mas
viendo, que toda la ciudad le pedia, i deseaba, teniendole por sumamente util, i necessario; i pudiendose recelar, que si se huviera
de esperar à pedirla, i traerla de
España, se mudasse, ò entibiasse el
santo proposito de las dichas hermanas, i del Patron fundador que
las ayudaba. En el qual caso el
derecho nos enseña con muchos
exemplos, que por el peligro de
la tardança, se afloge algo el rigor
de sus reglas ordinarias, i se hagan i executen primero las obras
i acciones, que se tienen por convenientes, que las consultas i licencias que se suelen requerir, i
deben preceder para executarlas.
Especialmẽte
Especialmente
, quando se trata de obras pias, i de favorecer,
i alentar à los que las quieren hazer, i sus Patronatos, en que el derecho Canonico nos encarga procedamos con mucho cuidado, de
q̃
que
los legos no se retraigan de ponerlas en efeto, ni de hazer semejantes fundaciones, i dotaciones.