Los quales pactos son validos,
i se deben guardar, i cumplir precisamente por las Religiones, que
debaxo dellos reciben las dichas
tierras, i possessiones, segun dotrina de Inocencio, Iuan Andres,
Baldo, Bertachino, Festasio, Belono, i otros muchos, que refieren
i siguen Dueñas, i Camilo Borrelo,
añadiendo, que si valen estos
pactos, tambien valdran estos estatutos; porque de uno à otro corre
el argumento con igualdad, como
Magistralmente lo enseña Bartolo,
sacādo
sacando
desto muy en nuestros
terminos otra semejante cautela,
de
q̃
que
para evitar estas enagenaciones en Eclesiasticos, se haga estatuto en general, de
q̃
que
todos los predios, i heredades de los ciudadanos seglares, se entiendan ser tributarios, i tener en si, i sobre si la obligacion de todos los tributos, i
colectas que se les han cargado, i
se les cargaren.