Los quales pactos son validos, i se deben guardar, i cumplir precisamente por las Religiones, que debaxo dellos reciben las dichas tierras, i possessiones, segun dotrina de Inocencio, Iuan Andres, Baldo, Bertachino, Festasio, Belono, i otros muchos, que refieren i siguen Dueñas, i Camilo Borrelo,
añadiendo, que si valen estos pactos, tambien valdran estos estatutos; porque de uno à otro corre el argumento con igualdad, como Magistralmente lo enseña Bartolo,
sacādo sacando desto muy en nuestros terminos otra semejante cautela, de que para evitar estas enagenaciones en Eclesiasticos, se haga estatuto en general, de que todos los predios, i heredades de los ciudadanos seglares, se entiendan ser tributarios, i tener en si, i sobre si la obligacion de todos los tributos, i colectas que se les han cargado, i se les cargaren.
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