I esto mesmo procederà, si estas
dispensaciones las huviessen hecho
los Vicarios Generales de los Obispos, que de ellos tuviessen facultad especial para
dispẽsar
dispensar
. Por
que aun que algunos han puesto en
duda, si las comissiones Apostolicas que tienen clausula onerativa de la conciencia, se pueden subdelegar, la mas cierta es la afirmativa
q̃
que
tuvo Abad.
I en qualquier caso de duda que se pudiere ofrecer en tales materias, siempre nos avemos de atener, i està
la presuncion, por lo que fuere
mas favorable para sustentar, i
dexar con entero valor, i firmeza el acto de que se trata, segun
lo dispone el derecho, i lo exor
na, i prosigue, despues de
otros, doctamente
Menochio.
(.✝.)