Sin que por esto sea visto quitarse algo de la potestad, ò autoridad Pontificia, cuya intencion siempre se presume ser, de que cada uno sea proveido, segun las leyes de su patria, i en su propria patria, como lo notā notan biẽ bien Iuan Nicolao, i el doctiss. Valençuela, que refiere otros muchos,
siguiẽdo siguiendo enesto los principios i documẽtos documentos del derecho natural, i Canonico, que recibe sus fuerças de la Sede Apostolica, i tan repetidamente aconseja i dispone, que para los Obispados, Prebẽdas Prebendas , i qualesquier otros Beneficios Eclesiasticos seā sean buscados i elegidos Clerigos naturales, i provinciales, i que salva cōciencia conciencia no se puede hazer lo contrario.
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