I fue necessario que esto se expressasse assi en la Bula, i Breves que he referido, porque de otra suerte, despues de las nuevas decisio nes Canonicas de las Clementinas, i Tridentino,
ningun Regular fuera de su Convento, puede predicar, ni oir de confession â otros, que à sus compañeros, sin tener primero aprobacion, i licencia particular para ello de los Obispos de sus partidos, aũque aunque sean Maestros, ò Prelados de sus Religiones, i de notoria virtud i suficiencia. De lo qual, i como en estos Decretos se comprehenden tambien los Religiosos de la Compañia de Iesvs, aunque dizen que tienẽ tienen especiales privilegios en contrario, tratan largamente los Padres Enriquez, Suarez, Fagũdez Fagundez , i otros Autores, que refiere Agustin Barbosa, trayendo algunas declaraciones dignas de notar cerca de este articulo.
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