I en esta parte del examen, i aprobacion de los Ordinarios, tambien parece le avia revocado antes Clemente VIII. en una Bula despachada à instancia de los mesmos Religiosos, en que declarō declaron que los que sirviessen estas dotrinas de Indios, no se avia de juzgar que vivian fuera, sino dentro de sus Claustros conventuales, pero con condicion, Que fuessen nombrados para ellas por sus Superiores Regulares, i aprobados primero por los Ordinarios Seculares, ò por sus Oficiales.
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