I aunque algunos Obispos impetraron Breve para poder visitar à los Dotrineros, ò Curas Regulares, no solo en quanto Curas, sino generalmente en vida, i costumbres, con relacion, i pretexto de que no tenian quien los visitasse, porque vivian fuera de sus Conventos. Los Religiosos parecieron en el Consejo de Indias, i pidierō pidieron se recogiesse este Breve, por no averse presentado, ni passado en èl, i para ello se despachò cedula dirigida al Virrey, i Arçobispo de Lima, dada en Valladolid à tres de Setiembre del año de 1601. por verificarse, como se verificò, que era siniestra la dicha relacion, i que verdaderamente son vistos vivir en sus Claustros, i los visitan sus Prelados muy de ordinario. I en conformidad, i declaracion de esto ganaron Breve de la Santidad de Clemente VIII. su data en 9. de Noviembre del año de 1601. el qual se guarda originalmente en el Convento de S. Francisco de Lima.
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