I aunque algunos Obispos impetraron Breve para poder visitar
à los Dotrineros, ò Curas Regulares, no solo en quanto Curas, sino generalmente en vida, i costumbres, con relacion, i pretexto de
que no tenian quien los visitasse,
porque vivian fuera de sus Conventos. Los Religiosos parecieron en el Consejo de Indias, i
pidierō
pidieron
se recogiesse este Breve, por
no averse presentado, ni passado
en èl, i para ello se despachò cedula dirigida al Virrey, i Arçobispo de Lima, dada en Valladolid à tres de Setiembre del año de
1601. por verificarse, como se verificò, que era siniestra la dicha relacion, i que verdaderamente son
vistos vivir en sus Claustros, i los
visitan sus Prelados muy de ordinario. I en conformidad, i declaracion de esto ganaron Breve de
la Santidad de Clemente VIII.
su data en 9. de Noviembre del
año de 1601. el qual se guarda originalmente en el Convento de S.
Francisco de Lima.