I esto parece que lo conocio, i dio à entender bien el Marques de Montesclaros Virrey del Perù, en un capitulo dela prudẽtissima prudentissima instruccion que dexò à su sucessor en aquel cargo, cuyas palabras son: De aqui ha nacido la duda de algunos, en si se puede ya usar de aquella cedula de Concordia? Confiesso que hazen fuerça las razones del No, i que por temerlas, aun | antes que otro las hallasse, publique la nueva de 1609. en recibiendola. Pero no alterè cosa alguna de los titulos ordinarios, para que entendiessen todos, que su Magestad no les proveeria sus beneficios desde España; pero que en su Real nombre quedaban amobiles à la disposicion del govierno secular, i Ecclesiastico. Pide el negocio consulta à su Magestad, i mas que una Replica. A este acto de las dos Cabeças Eclesiastica, i secular, tiene el estilo dado nombre de Concordia. Debese proceder con mucho tiento, quando el caso se ofrece, enterandose primero de la culpa del paciente, por diferentes medios extrajudiciales, que al fin se trata de su honra, i hazienda, sin otro recurso. I siempre que el delito diere lugar, se modere el castigo, trocando al reo de una dotrina à otra menos buena, ò apartandole de la causa de la distraccion, ò por otros caminos que enseñarà la prudencia, i piedad debe.
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