Porque verdaderamente el dicho rescripto, ò privilegio, mas se
puede tener por de gracia, que de
justicia, i aunque en si contiene alguna mudança, i concession de jurisdicion, essa fue accessoria à la
gracia, i assi se puede tener por
perpetua, i por el consiguiente
tal, que no espira por la muerte
del que la concedio, aunque no se
aya començado à usar della, segun
la dotrina de Abad, i otros muchos Dotores, que responden à los
Textos contrarios.