I aunque la dicha Audiencia de
Lima, i tambien la de la Plata representò algunas dificultades, que
parece podian retardar la execucion de este Breve, i entre otras la
de ser tan antiguo, i como enervado, por aver muerto el que le concedio, i el que le impetrò antes de
publicarle, i ponerle en uso, causas
que suelen tenerse por bastantes,
para que sean vistos cessar semejantes rescriptos.
Todavia se
bolvio à mandar à la de Lima, por
cedula de 4. de Febrero de 1608.
i a la de la Plata, por otra de 17.
de Iulio de 1609. que sin embargo de sus reparos, cumpliessen lo
que se les avia ordenado, sin poner escusa, ni ir con duda alguna
en la justificacion dello, porque todo se avia mirado atenta, i
circũspectamente
circumspectamente
en el supremo Consejo de las Indias.