TOdas las causas, que de qualquier suerte pertenecen al fuero Eclesiastico,
i principalmente las matrimoniales, i criminales se siguen en las
provincias de las Indias (como en
las demas) en primera instancia, ante los Ordinarios dellas, segun lo
dispuesto en el santo Concilio de
Trento,
de cuya pratica, i Bulas de Leon X. i Gregorio XIII.
q̃
que
miran à ella, tratan infinitos Autores,
q̃
que
refieren Agustin Barbosa,
Navarro, Paz,
i Flores de Mena, teniendo el derecho de los Ordinarios en quanto à esto por tan
assentado, que de ningun modo le
pueden mudar, ni
renũciar
renunciar
las partes en su perjuizio.