TOdas las causas, que de qualquier suerte pertenecen al fuero Eclesiastico, i principalmente las matrimoniales, i criminales se siguen en las provincias de las Indias (como en las demas) en primera instancia, ante los Ordinarios dellas, segun lo dispuesto en el santo Concilio de Trento,
de cuya pratica, i Bulas de Leon X. i Gregorio XIII. que miran à ella, tratan infinitos Autores, que refieren Agustin Barbosa, Navarro, Paz,
i Flores de Mena, teniendo el derecho de los Ordinarios en quanto à esto por tan assentado, que de ningun modo le pueden mudar, ni renũciar renunciar las partes en su perjuizio.
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