Pertenece assimesmo à la Autoridad del Metropolitano cō vocar conv ocar Concilios Provinciales, i presidir i preceder en ellos, siempre que la necessidad lo pidiere. A los quales estan obligados à acudir los sufraganeos, quando para ello fueren llamados. De lo qual, i de muchas questiones, que pertenecẽ pertenecen à estos Concilios, se podràn ver los Autores que dellos tratan. Entre los quales dize notablemente Navarro, que aunque el Metropolitano es cabeça de estos Concilios, està obligado à obedecer, i cumplir lo que por ellos se estableciere, i puede ser descomulgado por los mesmos, i se apela dèl para ellos, como para Tribunal superior.
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