Pertenece assimesmo à la
Autoridad del Metropolitano
cō
vocar
conv
ocar
Concilios Provinciales, i
presidir i preceder en ellos, siempre que la necessidad lo pidiere. A
los quales estan obligados à acudir
los sufraganeos, quando para ello
fueren llamados. De lo qual, i de
muchas questiones, que
pertenecẽ
pertenecen
à estos Concilios, se podràn ver
los Autores que dellos tratan.
Entre los quales dize notablemente Navarro, que aunque el Metropolitano es cabeça de estos Concilios, està obligado à obedecer, i
cumplir lo que por ellos se estableciere, i puede ser descomulgado
por los mesmos, i se apela dèl para ellos, como para Tribunal superior.