Añadese à lo dicho, en favor de
la mesma opinion,
q̃
que
estos rescriptos de comissiones, i delegaciones
son restringibles de su naturaleza, i assi no suele ser licito aparrarnos de la forma que precissan, ni estenderlos de lugar à lugar, ò de persona à persona; i
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seria nulo todo quanto se excediesse, contraviniendo à la delegacion, como lo enseñan muchos Dotores.