Lo segvndo, haze
tambiẽ
tambien
por
esta opinion,
q̃
que
el Sumo Pontifice,
que es el Principe, i dueño de las
Iglesias, puede quitar lo que le pareciere de una, i darlo à otra.
I
assi en
admitiẽdo
admitiendo
, i haziendo la division, el titulo del Obispo antiguo,
q̃
que
estrivaba en la concession
del Pontifice, se reduce à no titulo, sin el qual no se pueden adquirir, ni percibir frutos, como ya lo
he tocado para otro proposito, i
en los terminos individuales del
nuestro, lo dize la Extravagante
que he referido,
sin
q̃
que
de esto pueda formar quexa el Obispo antiguo, que consintio en esta division,
pues supo, ò debio saber, que essa
es la fuerça de la gracia Pontificia, que con sola la palabra del
Fiat, se perficiona, i causa luego
suficiente derecho al nuevo electo para la adquisicion de los frutos, como demas de los referidos
por Flaminio Parisio, lo
dizẽ
dizen
elegantemente Abad, Baldo, Molina, i otros graves Autores.