I
por parte del Obispo Antiguo
se puede dezir, i alegar,
q̃
que
aunque
prestò su
cōsentimiẽto
consentimiento
para la
divisiō
division
. Todavia era suya la
jurisdiciō
jurisdicion
de toda aquella Provincia, i la
|
pudo, i debio continuar, mientras no llegaba el nuevo Prelado, i por el consiguiente llevar
tambien los frutos hasta su venida, pues estos se dan por el oficio, i èl le hizo, i debio hazer,
por no dexar sin Pastor sus ovejas, ò que la Iglesia careciendo
dèl tuviesse algun daño considerable, como en semejante caso lo
dize un Texto, que se ayuda con
otros, que dizen,
que el Antecessor debe gozar del salario hasta la llegada, i possession del Sucessor, i que la jurisdicion del Obispo antiguo, no cessa hasta que
llegue el nuevo.