Lo segvndo, se puede
cōsiderar
considerar
, que aun quando faltara la razon referida, se debia reparar mucho en la utilidad, i comodidad
del Rey, i de su Real hazienda,
que estando tan extenuada por los
grandes i continuados gastos que
se le ofrecen en defensa de la Fè,
i de su dilatada Monarquia, obliga à que de tal suerte templemos
su liberalidad, que no se halle despues falto en lo muy necessario,
i à que antes se busquen trazas
para ir incorporando en su Real
Corona las mas Encomiendas que
ser pueda, como ya se ha mandado executar en todas las que fueren vacando en la Nueva-Espa
ña, i en el Perù, en la tercera parte dellas, segun lo que dexo dicho en el capitulo 17. i 28. deste
Libro.