Excepto,
q̃
que
el termino de las probanças, de los
q̃
que
se
hā
han
de remitir al
Consejo, està restringido à seis meses por las nuevas cedulas,
q̃
que
en esta parte
moderarō
moderaron
algo la dureza
de las antiguas, que solo
cōcedian
concedian
tres. Como en
q̃
que
antiguamente no
se pedia citacion de partes para hazer la remission del processo al
Cō
sejo
Consejo
, ni publicacion de testigos, ni
auto
decōclusiō
deconclusion
, lo qual se
enmẽdô
enmendô
despues justa, i advertidamente.