I aunque antiguamente no se
admitia esto en los despojos de las
Encomiendas hechos por los juezes ordinarios, por ventura por
parecer, que estaba por ellos la
presuncion, de que procedian justificadamente,
despues lo estendieron tambien à ellos las cedulas
mas modernas como se ha visto,
excepto
quādo
quando
fuessen Virreyes, ò
Governadores,
q̃
que
tienen facultad
de Encomendar, pareciendo,
q̃
que
los
demas, en Provincias
tā
tan
remotas,
i donde la justicia anda tan relaxada, excederian tan facilmente como los particulares.