I aunque antiguamente no se admitia esto en los despojos de las Encomiendas hechos por los juezes ordinarios, por ventura por parecer, que estaba por ellos la presuncion, de que procedian justificadamente,
despues lo estendieron tambien à ellos las cedulas mas modernas como se ha visto, excepto quādo quando fuessen Virreyes, ò Governadores, que tienen facultad de Encomendar, pareciendo, que los demas, en Provincias tan remotas, i donde la justicia anda tan relaxada, excederian tan facilmente como los particulares.
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