I para esto, en primer lugar se despachò una cedula en Aranda à 14. de Agosto del año de 1610. dirigida al Marques de Montesclaros, que era entonces Virrey del Perù, por la qual se le mandò, que de alli adelante no proveyesse En comienda alguna de las que fuessen vacando, hasta que de sus reditos estuviesse desempeñada la Real hazienda de todas las pagas, que sobre ella estaban situadas à personas particulares, por estas palabras: Os encargo mucho, que con los repartimientos que fueren vacando, vais redimiendo las dichas situaciones, que se pagan de la dicha mi Real caxa, lo qual el Marques dexò de cumplir, alegando para ello algunas escusas, que tuvo por justas, i entre las demas el dezir, que la facultad de encomendar, que se le avia dado libremente al principio de su Virreynado, parecia que se le quitaba del todo por este camino.
Loading...