Porque esto es lo que ordinariamente nos enseñan por maxima
de esta materia,
que hallandose
incapaz el primer llamado, se abre
luego puerta, ò se haze lugar à sus
substitutos, como si èl no tuviera
tal llamamiento. I que la representacion obra en el caso de la incapacidad, ò de otros, que se llaman, i tienen por de muerte civil,
lo que pudiera obrar, i obrara, en
el de muerte natural, pues esto se
equipara, i quitado el padre de en
medio, haze que entre el hijo à ocupar su lugar.