Porque esto es lo que ordinariamente nos enseñan por maxima de esta materia, que hallandose incapaz el primer llamado, se abre luego puerta, ò se haze lugar à sus substitutos, como si èl no tuviera tal llamamiento. I que la representacion obra en el caso de la incapacidad, ò de otros, que se llaman, i tienen por de muerte civil, lo que pudiera obrar, i obrara, en el de muerte natural, pues esto se equipara, i quitado el padre de en medio, haze que entre el hijo à ocupar su lugar.
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