El tercer argumento sea, que supuesto que no podemos negar, que en nuestras Encomiendas se dà representacion, como aun se concede en el tercer fundamento de la parte contraria. Parece for çoso, que tambien concedamos, que el nieto, en la succession de ellas, deba preferir à su tio, pues este es de linea posterior à la suya. Porque este es el privilegio que se atribuye à esta representacion, el principal efecto que de ella se consigue, i el fin que parece tuvo el derecho para introducirla, como ya tambien lo tengo tocado, i probado en el capitulo diez i siete, i se podrà ver en muchos Textos, i Autores que de ello tratan.
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