I mas
claramẽte
claramente
la del de 1552.
en estas:
Estando en la tierra al tiempo que fallecieren sus padres.
Las
quales se repiten en otra cedula
despachada el mesmo año à la Real
Audiencia de Mexico.
I hablando, como hablan, por Gerundio,
ò ablativo absoluto, es llano, que
inducen condicion, i precisan, que
no puedan suceder, sino los presentes, poniendo este requisito como
por formal de esta succession,
segũ
segun
las dotrinas comunes de muchos
Textos, i Autores que de esto tratan.