I la pena que luego añade del perdimiento de los frutos, sin passar à mayor condenacion, parece proporcionada à la culpa, ò descuido, i se puede cōfirmar confirmar por lo que en otro caso semejante escribe Tomas Gramatico.
I aun de ella se escusarà el que alegare algun justo impedimento de no aver comparecido dentro de los dichos seis meses, porque siempre este en casos tales se admite en derecho.
Loading...