Pero es de advertir, que aunque el posseedor de la Encomienda, para ganar la possession i señorio de ella, no necessite de despachar nuevo titulo en su cabeça, como se ha dicho, porque aquella mesma possession civil i natural que por el ministerio de la ley se le trāsfiere transfiere , le sirve de investidura, como en los feudos lo prueban Isernia, i Preposito,
i en nuestras Encomiendas Antonio de Leon,
debe todavia dentro de seis meses de como sele defirio la Encomiẽda Encomienda , parecer ante el Virrey, ò Governador de la provincia, i mostrar el titulo por donde le toca i pertenece la succession, legitimando su persona, para que se reconozca i renueve, i quede assentado en que vida corre, pena de perder los frutos desde el dia de la vacante al de la exhibicion.
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