I aun
q̃
que
segun la opinion de muchos Autores,
se suele limitar lo
q̃
que
avemos dicho, en el feudo, ò Encomienda,
q̃
que
el marido merecio, i
adquirio, militando, ò
sirviẽdo
sirviendo
en
alguna guerra i
expediciō
expedicion
, o en otro ministerio, à
expẽsas
expensas
comunes
suyas, i de su muger, por una ley recopilada,
q̃
que
parece
q̃
que
assi lo decide
por palabras expressas.
Todavia
yo praticaria esto, si los bienes donados por causa de este servicio,
fuessen tales,
q̃
que
se pudiessen partir,
i dividir, por
q̃
que
à no serlo, como sucede en feudos, i Encomiendas, solo se
comunicarā
comunicaran
los frutos dellas,
segun lo
q̃
que
llevo resuelto, i
cō
con
esto
se debe
cōtentar
contentar
la muger, i con la
esperança de suceder al marido en
la segunda vida de la Encomienda,
si acaso muriere sin hijos.