Pero sin embargo de esto, ha
llo, que expressamamente tiene lo
contrario en nuestras Encomiendas de Indios, i su usufruto, Ioan
Matienzo, à quien refiere i sigue
el Docto i Insigne Consejero Gil
Remirez de Arellano en unos
biẽ
bien
trabajados papeles, que leyô en
Salamanca, i novissimamente el
Licenciado Antonio de Leon, sin
poner en ello duda, ni hazer distincion alguna,
antes
teniẽdolo
teniendolo
por
tan cierto, que lo amplian, i dizen
se ha de observar, i praticar aun en
caso, que al hijo se le aya dado la
Encomienda por causa de su padre, ò en contemplacion, i remuneracion de sus meritos i servicios;
porque no se ha de atender esta
cō
sideracion
consideracion
, sino à quien con efeto
se confirio la Encomienda, i en cuya cabeça se puso, como en
semejātes
semejantes
casos lo enseñan algunos Textos, que de esto tratan.