Assimesmo hallo estar igualmente prohibidas qualesquier cessiones, renunciaciones, i traspassos de las Encomiendas en fauor de terceros, sin licencia i dispensacion particular de su Magestad, i ya dexè apuntadas en otro capitulo,
Sup. hoc libro, c. 7.
las muchas cedulas Reales que de esto tratan, i algo de las razones en que se fundan.
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