I es buen simil el que trae Paulo de Castro,
hablando del Vsufrutuario, i del Enfiteuta, i
enseñ
ā
do
ense
ñando
, que estos, demas de la natural
possession, cuya civil, queda en los
proprietarios, i señores directos,
tienen otra possession quasi civil, i
natural, de aquel derecho
q̃
que
se les
concedio; la qual obra, que le puedan ir prescribiendo, i todos los
demas efetos de verdadera possession. Dotrina, que es seguida comunmente por otros Autores,
i
aplicada à los Feudos (como yo
aora la aplico à las Encomiendas)
por Rosental.