I es buen simil el que trae Paulo de Castro,
hablando del Vsufrutuario, i del Enfiteuta, i enseñ ā do ense ñando , que estos, demas de la natural possession, cuya civil, queda en los proprietarios, i señores directos, tienen otra possession quasi civil, i natural, de aquel derecho que se les concedio; la qual obra, que le puedan ir prescribiendo, i todos los demas efetos de verdadera possession. Dotrina, que es seguida comunmente por otros Autores,
i aplicada à los Feudos (como yo aora la aplico à las Encomiendas) por Rosental.
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