I esto aun serà mas cierto, quā do quando no solo parece que se conceden ò dexan alimentos, sino tambien la mesma propriedad de la cosa de que se han de sacar, como en nuestro caso sucede, porque entonces las partes de los que faltan, se acresceran sin duda à los otros, respeto de que debemos atender mas la cosa que se concede, ò manda, que la causa ò pretexto de concederla ò mandarla, como elegantissimamente nos lo dexò dicho Modestino Iurisconsulto
. Cuyo responso, entendido de esta manera, i debaxo de estas distinciones i diferencias, le reduce â cōcordia concordia , con el que se ponderò de contrario, como en ambos lugares lo dexò advertido la glossa, seguida comunmente por muchos Ordinarios, i Consulentes, que latamente refieren Pedro Surdo, Salazar, i Martin Colero.
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