I esto aun serà mas cierto,
quā
do
quando
no solo parece que se conceden
ò dexan alimentos, sino tambien
la mesma propriedad de la cosa de
que se han de sacar, como en nuestro caso sucede, porque entonces
las partes de los que faltan, se
acresceran sin duda à los otros,
respeto de que debemos atender
mas la cosa que se concede, ò manda, que la causa ò pretexto de concederla ò mandarla, como elegantissimamente nos lo dexò dicho
Modestino Iurisconsulto
. Cuyo
responso, entendido de esta manera, i debaxo de estas distinciones i
diferencias, le reduce â
cōcordia
concordia
,
con el que se ponderò de contrario, como en ambos lugares lo dexò advertido la glossa, seguida comunmente por muchos Ordinarios, i Consulentes, que latamente
refieren Pedro Surdo, Salazar, i
Martin Colero.