Pero ofrecese aora dudar, que
diremos, quando à uno se le dà universalmente el cuerpo de la Encomienda, pero con declaracion que
de ella se saque cierto numero de
tributarios para el Rey, ò para
algun particular? I como se ha de
hazer esta saca i cuenta de ellos, i à
quien pertenezca el aumento, ò diminucion que huviere en la dicha
Encomienda?