Pero si las medimos por las reglas, i naturaleza de puras, simples, i gratuitas donaciones, tampoco la tendrà, que en ningun caso se podrà dar contra el Principe accion semejante, assimesmo en
conformidad de otros Textos, i
Autores,
que absolutamente la
niegan en las cosas donadas, i hablando en terminos de las donaciones que hazen Reyes, i Principes, i que por causas lucrativas
no se les puede poner eviccion, lo
dixo Iorge Cabedo en una de sus
Decisiones de Portugal.