I en los proprios terminos de
cedulas, ò rescriptos,
q̃
que
hazen mencion de frutos, ò rentas, Iasson,
Barbosa, Covar. i otros,
diziendo, que pronunciada essa palabra
por la ley viva, qual lo es el Principe, se ha de entender en tales casos, de los que quedan sacadas las
costas.