A esto se llega, que aunque fe debe i suele atender mucho la prioridad de las datas, como queda dicho en el capitulo antecedente, ay muchos textos, i Autores,
que parece dan mejor lugar al que previno en la presentacion de sus letras ò cedulas, porque la dan fuerça de ocupacion. I los mas convienen, que en la adquisicion del dominio de alguna cosa, i en oficios, i beneficios, entre los que se hallan i concurrẽ concurren con igual derecho, aquel se debe preferir, que tomò primero la possession.
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