I mas en terminos, en las prebendas Eclesiasticas, que porque no se
pueden dividir, como ni tampoco
las Encomiendas, segun lo que dexo dicho en el capitulo quarto de
este libro. si una se dà à dos, es for
çoso que de rigor de derecho, se
casse, i anule la eleccion de ambos,
ò que uno solo quede con ella, como lo dizen algunos textos.