Mas es de advertir, que suelen los Virreyes, i otros Governadores, dar algunas pensiones, ayudas de costa, ò otros entretenimiẽtos entretenimientos , à estos Clerigos, Frailes, ò Monjas, à quien no pueden dar Encomiendas, para que gozen de ellos por los dias de su vida, ò dissimular en que por el tiempo de ella continuen el goze de los que tenian antes del Clericato, ò Monachato, en que no parece se halla incōveniente inconveniente , ni cosa que mereciesse reparo, pero todavia le pusieron unos oficiales Reales de la ciudad de Mexico, i se les respondio en carta de 24. de Noviembre de 1568.
lo que se signe: Acà ha parecido, que aunque sean Clerigos, | i Monjas, por sus dias se les deben pagar los tales salarios, ò tributos, ò entretenimientos, i assi lo hareis, sin que en ello pongais impedimento alguno.
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