A los quales añado la dotrina de Bartolo, i otros, que comunmente enseñan, que si à uno se le dio poder especial, para que pudiesse arrendar una casa por cierto tiempo, i èl, excediẽdo excediendo de esto, la arrendasse por mas, se viciaria | en todo el arrendamiento; por que no fue visto usar de su poder, ni guardarle, sino antes ir contra èl, i menospreciarle, pues excedio de sus limites.
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