I nos lo enseña lo que siempre
avemos visto observar, i praticar
en tales vacantes, de que tambien
testifica el Licenciado Antonio de
Leon,
concediendo aun esta mesma facultad à los Alcaldes ordinarios, que quedan en las provincias pequeñas con la jurisdicion de
los Governadores de ellas, i su derecho de encomendar. Si bien me
acuerdo, que el Consejo en cierta
ocasion, no quiso passar por las Encomiendas, que proveyò don Fernando Centeno Governador, assi Interinario de Yucatan, en que
se debio de mover por otras razones, que no bastaràn para derogar absolutamente la costumbre
contraria.