Esto se ordenò en primer lugar à don Francisco de Toledo Virrey del Perù el año de 1566. i luego al Conde del Villar el de 1584. como parece en el segundo tomo de las cedulas impressas.
Dict. 2. tom. pag. 239.
I despues lo hallo repetido, i puesto ya como capitulo general de instruccion para todos los Virreyes, en la que se dio à don Luis de Velasco, yendo à serlo al Perù, el año de 1595.
aunque en èl parece, que aquella | cantidad de los dos mil pesos, no se presinio, ò restringiò en las personas de los Encomenderos, sino en las de los pensionarios, porque dize: Con que en ninguna pension passasse de dos mil pesos.
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