I una cedula Real, dada en Ventosilla à siete de Febrero del año
de 1602. por la qual parece, que
aviendose quexado la Iglesia, de
que se les quitaba su antigua costumbre de percebir los diezmos,
en la forma referida, de los Indios, que de muchos años à aquella parte se los avian pagado assi
voluntariamente, se mandò à la
Audiencia de Lima, que mirasse
la justicia de las partes, i por el
consuelo, i comodidad de aquella
Iglesia, como tan principal, i Metropolitana.