I la pratica que en ello se guarda en las Provincias del Perù, es,
que los Indios lleven sus tassas al
lugar, que es cabeça de su partido,
ò repartimiento, i caxa de comunidad, que en el ay diputada para este efeto, entregandolas en ella a
su Corregidor, de
quiẽ
quien
reciben sus
cartas de pago, i el salario de la
traida.
I el Corregidor està obligado à embiar luego, lo que dellas
toca à su Magestad, à los oficiales
Reales de su distrito, i pagar à los
demas Encomenderos lo que pareciere pertenecerles.