Enla qual, se puede, i suele dudar, si à estos Indios, assi presos, i oprimidos, se les admitirà en tales causas de tributos, cession de bienes? I aunque ay muchos que lo niegan, ò ponen en duda, por una ley recopilada,
que la niega à los deudores, i arrendadores de las alcavalas. La contraria opinion es mas cierta, i recebida; porque no se halla que en este caso se deniegue tal beneficio, como refiriendo muchos textos, i Autores, i respondiendo a los que se traen de cō trario contrario , lo disputa singularmente Valençuela Pescador, i el Docto Moderno don Francisco de Amaya, i otros que ellos refieren.
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