Lo qual tambien se expressa en aquella noble provision del señor Emperador Carlos V. fecha en Madrid à 26. de Mayo de 1536. en que se dispuso la forma de la sucession en las encomiendas, donde se añade, que esto no se les puede hazer nuevo, ni grave à los mesmos Indios, pues sucedierō sucedieron nuestros Re| yes en lugar de los que ellos antes tenian, debaxo de cuya cruel, i tirana dominacion, à penas se puede creer, quan grave peso, de tributos, i de otros servicios se les cargaba, como lo refieren Acosta, Herrera, el Garcilasso Inca, i otros Autores.
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