I en el Archivo de la Real Audiencia de Lima hallè una carta,
que se le escribio en Madrid à 19.
de Noviembre del año de 1551. de
la qual se colige, que aquel insigne
Varon
Licẽciado
Licenciado
de la Gasca, que
fue embiado à Governar el Perù,
i componer las alteraciones que
en èl se sentian, lo qual hizo con
tā
ta
tanta
prudencia, fue de parecer, que
no se debia
cōsentir
consentir
, que los Indios
labrassen minas, aunque voluntariamente se quisiessen alquilar, ò
como en el Perù dizen, mingar para ello, i dando (segun parece) la dicha Audiencia cuenta de esto, i de
lo
q̃
que
ella avia proveido en la mesma conformidad, se le respondio:
La provision que dezis que hizo el Obispo de
Palẽcia
Palencia
al tiempo que en essa tierra estuvo, para que se sacassen de las minas los Indios, que contra su voluntad, ò con ella estuviessen en ellas, è lo que despues vosotros
proveistes, me ha parecido bien, para
remediar parte del daño, que essos naturales reciben. Pero porque del todo cesse, està por su Magestad acordada provision, para que no se echen
en ninguna manera Indios à minas,
la qual con esta os mando embiar duplicada. Terneis cuidado de que se
guarde i cumpla en todo i por todo,
como en ella se contiene.