El mesmo señor Emperador, aun antes de esto, en las ordenanças, que para el buen govierno de las Indias, i de los Indios, hizo en Toledo, el año de 1528. aviendo referido las vexaciones que recebian, los que eran llevados à las minas, i los que de este servicio se les creciā crecian , le mandò quitar dando las razones que à ello le movian, por estas formales i notables palabras, que en suma abraçan quanto dexamos dicho en este capitulo. Porque demas de ser esto en tanto desservicio de Dios nuestro Señor, i tan cargoso à nuestra Real conciencia, i contra la Religiō Religion Christiana, porque todo es estorvo para la conversion de los Indios à nuestra Santa Fè Catholica, que es nuestro principal deseo è intencion, i lo que todos somos obligados à procurar, viene tambien de esto mucho in | conveniente para la poblacion i perpetuidad de la tierra, porque a causa de los excessivos trabajos que se les han hecho, i hazen, han muerto, i mueren muchos.
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