I en el cap. 19. añade tambien,
Que à los obrages no se repartan Indios, sino fueren vezinos del lugar
dō
de
donde
estuvieren entablados, ò de dos leguas en contorno. I que se procure,
que acudan à las cosas faciles de este
ministerio, pues de sus crianças en estos oficios, les
resultā
resultan
las grandes utilidades que se saben.