I por otra de Medina del Cam
po 20. de Março de 1552.
se presupone, que
tambiẽ
tambien
lo està,
El dar
Indios para labrar casas de Españoles, i se manda, que no se les den sino
los que quisieren trabaj
ar de su voluntad, i pagandoles muy bien sus
j
ornales.