De las quales cedulas se colige el particular cuidado, que en la moderacion de estos servicios, i trabajos se ha tenido siempre por nuestros Catolicos Reyes. I en especial, que ni aun en los de las minas, no quieren sean trabajados de noche; conformandose con lo que en esta parte dispone el Derecho,
i los que le glossan, de que las obras son oficio diurno, i que nadie puede ser oprimido, à trabajar de noche, sino es en un caso de inminente aprieto, i necessidad.
Loading...