I ultimamẽte ultimamente se ha de advertir, que no por que estos Yanaconas seā sean detenidos fuera de sus repartimiẽtos repartimientos en el modo que se ha referido, han de dexar de pagar el tributo en que fuerẽ fueren tassados al Rey, ô á la persona que en su nōbre nombre le debiere llevar, i gozar. Por que conociẽdo conociendo el fraude que solia i podia aver en esto, se previno, que le pagassẽ pagassen , por dos capitulos de instruccion, uno embiado al Presidẽte Presidente de Quito el año de 1563. i otro al Virrei del Perù año de 1568
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